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LEGISLACIÓN
La legislación chilena adecuó sus normas a las nuevas tecnologías y a los diferentes tratados internacionales, fundamentalmente debido a las obligaciones propias de la implementación del TLC que firmó con Estados Unidos.
En materia penal, dichas reformas comprenden diferentes aspectos, incluyendo la protección de la información para la gestión de derechos. Sin embargo respecto de la protección de las medidas tecnológicas no se encuentra disposiciones especiales.
Las penas relacionadas con la piratería se aplican conforme a un rango especial del sistema chileno, que para el caso de delitos contra el derecho de autor va desde presidio menor en su grado mínimo, que en caso de reincidencia se aumentará en un grado. Pena que en consecuencia iría de 61 a 540 días.
En cuanto a las sanciones que protegen la información para la gestión de derechos, estas parten de la responsabilidad civil, que por lo tanto se rige por las normas y procesos propios de esta materia, hasta la responsabilidad penal en el caso doloso, con sanciones de prisión menor en grado mínimo, y multa de U$300 a U$6.000.
Bajo estos rangos, el poder judicial puede tasar las penas conforme a la especificidad de cada delito.
Por su parte, en materia aduanera, se han establecido normas relacionadas con el control e suspensión de la operación aduanera en casos de piratería. La cual se puede realizar por orden judicial a instancia del interesado en caso de evidencia que encuentre la autoridad aduanera.
Con esto encontramos que Chile viene adecuando su legislación a la actualidad internacional, y particularmente a las condiciones de su TLC con Estados Unidos.
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